Excesos judiciales: Suspensión a fideicomisos revela fallas en otorgamiento

 

México

La revisión inicial de la suspensión que protege la existencia de 13 fideicomisos operados por el Poder Judicial Federal (PJF), concedida a un empleado del PJF, ha revelado que el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Morelos ha ido más allá de sus competencias al otorgar la protección federal. Esto ocurrió a pesar de que el demandante solo solicitaba la preservación de dos de estos instrumentos financieros.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama fue rechazado. Ahora, la tarea de elaborar una nueva propuesta de sentencia recae en Luis María Aguilar Morales. No obstante, esta nueva propuesta debe confirmar la suspensión otorgada al demandante, evitando así la extinción de los fideicomisos.

Este caso ha adquirido relevancia al tratarse de la primera vez que la SCJN examina un juicio de amparo que impide la desaparición de estos 13 fideicomisos. El proyecto inicial proponía revocar la medida cautelar, lo que generó un debate en la opinión pública.

La ministra Lenia Batres Guadarrama expresó durante el debate: "Estoy a favor de revocar la suspensión otorgada de manera incorrecta por una jueza con respecto al uso de los 13 fideicomisos a cargo del CJF. En primer lugar, el demandante carece de interés legítimo, solo posee un interés jurídico en el tema."

"Aquí, la suspensión definitiva no puede concederse con efecto práctico, ya que la protección pretendida ya se garantiza mediante el artículo tercero transitorio del decreto impugnado, que protege los derechos adquiridos de los trabajadores del Poder Judicial."

"Es improcedente otorgar una suspensión con efectos generales. Esto es una extralimitación, especialmente cuando la suspensión se otorga de manera excesiva, en detrimento del interés social y en violación del orden público. La jueza priorizó los intereses personales sobre los de la población al evitar que los recursos de los fideicomisos se destinaran a atender los daños causados por el huracán Otis en Guerrero, como lo dispuso el Congreso de la Unión."

Después de la intervención de la ministra, el ministro Luis María Aguilar Morales señaló que la suspensión debe concederse siempre que no se afecte el interés social ni se contradigan disposiciones de orden público. Argumentó que el eventual uso de los fondos de los fideicomisos podría provenir de las partidas presupuestales disponibles para el Poder Ejecutivo Federal.

"A nivel procesal, este no es el momento para analizar si se vulneran o no esos derechos, ya que correspondería al fondo del juicio de amparo. Sin embargo, para preservar la materia del juicio, es necesario suspender los efectos del decreto impugnado y mantener el funcionamiento actual de los fideicomisos."

Fuente: La Jornada

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