El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aún no ha conocido la apelación presentada por el partido Movimiento Semilla en relación con la cancelación de la agrupación política, ordenada por el juez Fredy Orellana. Según la presidenta del TSE, Blanca Alfaro, el proceso podría extenderse varios días, y una resolución definitiva no se espera antes de 2025.
El pasado viernes, los miembros de Semilla interpusieron un recurso ante el Registro de Ciudadanos del TSE, con el objetivo de revertir la orden judicial. Sin embargo, dicho recurso aún no ha sido enviado al pleno de magistrados. Alfaro explicó que el registrador de ciudadanos es el encargado de calificar la apelación y, en función de ello, podrá decidir si remite el caso con un informe o si lo rechaza.
De acuerdo con el artículo 191 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, una vez presentada una apelación, el Registro de Ciudadanos tiene tres días para elevar el expediente y su informe al pleno de magistrados del TSE. Tras ello, el tribunal debe dar audiencia a las partes involucradas por tres días adicionales, y emitir una resolución dentro de los ocho días siguientes, con o sin la respuesta de los interesados.
Sin embargo, debido a los descansos programados por las festividades de Navidad y Año Nuevo, el TSE solo laborará hasta el 18 de diciembre, lo que significa que una resolución final podría no darse sino hasta el próximo año, dependiendo de los plazos establecidos por la ley.
Alfaro comentó que, en casos similares de cancelación de partidos políticos, sin intervención judicial, los procesos suelen alargarse por varios meses. Además, señaló que, aunque el TSE no es parte directa en este tipo de casos, el tribunal evaluará las acciones que tomen los abogados del Movimiento Semilla, quienes son responsables de definir el curso legal que seguirán.
El proceso sigue su curso legal, y el Pleno de magistrados del TSE será el encargado de revisar la apelación. En caso de que el partido no esté de acuerdo con la decisión, podrá recurrir a la Corte Suprema de Justicia mediante un amparo, y posteriormente a la Corte Constitucional, garantizando el debido proceso en todo momento.
Fuente: Prensa Libre